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En caso de emergencia!

¿Qué hacer en caso de emergencia?

Contactar a la central de emergencia de acuerdo a su ubicación geográfica (teléfonos de contacto se encuentran en el voucher ó póliza de viaje) dentro de las 24 horas de haber sucedido la emergencia. La central de servicios de emergencia de GA Travel Assist le indicarán al pasajero que debe hacer ó a donde debe dirigirse. El no realizar cumplimiento a este protocolo acarrea la pérdida de cualquier derecho o reclamo del beneficiario.

En caso tal de existir cobro por llamar a la Central de Servicios de Asistencia, BIA TRAVEL ASSIST le reembolsará al Beneficiario el costo de la llamada; para ello solicitamos guardar el comprobante o factura por el pago de dicha llamada, donde esté reflejado el cobro a alguno de los números indicados abajo.

Pérdida
de equipaje

En caso de pérdida de equipaje debe dirigirse a su aerolínea y solicitar la siguiente
documentación:

  • Formulario P.I.R. (Reclamo por Pérdida de Equipaje) Original
  • Documento o Pasaporte
  • Voucher de asistencia
  • Copia original del recibo de la indemnización de la línea aérea (Cheque, comprobante de
    pago de la misma), pasajes aéreos.

BIA TRAVEL ASSIST solo podrá proceder al reembolso por concepto de indemnización por
pérdida de equipaje únicamente después de que la Aerolínea responsable de la pérdida
haya debidamente indemnizado al Beneficiario. No se podrá indemnizar al Beneficiario sin
el comprobante de pago de la aerolínea.

Covid-19

El Beneficiario deberá siempre y sin excepción entrar en contacto con la Central de Emergencias, quienes a su vez coordinarán una cita virtual por Telemedicina y, de acuerdo al dictamen brindado por el Departamento Médico, si el Beneficiario presenta sintomatología relacionada al COVID-19, la Central de Asistencias coordinará la consulta médica pertinente, de acuerdo a los protocolos de seguridad y salud de cada país, cubriendo los gastos incurridos hasta el tope de cobertura indicado en el voucher. Los siguientes gastos estarán cubiertos bajo el mismo tope:

  • Gastos Hospitalarios por COVID-19: En caso de requerir internación hospitalaria para estabilizar la condición del Beneficiario.
  • Gastos de respirador mecánico: Si el Departamento Médico, en conjunto con el médico tratante, considera necesario el uso de un respirador mecánico, la Central autorizará y cubrirá dicho gasto